Imágenes Milagrosas: El Cristo Milagroso de Tanhuato, Michoacán.

Francisco Gabriel Montes Ayala * Academia Nacional de la Crónica, A.C.

Santo Cristo Milagroso de Tanhuato (Foto Archivo Parroquial)

Tanhuato es uno de esos pueblos típicos del occidente del estado, del distrito de La Piedad, de calles anchas, casas de bardas altas, muchas de ellas tienen la arquitectura del siglo XIX y principios del siglo XX. Tienen amplios jardines en medio de arcos por los cuatro costados, existen todavía muchas casas de teja y tiene un ambiente silente y lleno de armonía. Con un temperamento fresco en las mañanas, parece adormilado en la campiña. Su centro histórico es muy apacible, su plaza se destaca por esas grandes palmeras que mece el viento y que la adornan los arcos de los portales del viejo palacio municipal y el templo.

La Parroquia de Tanhuato data su erección, cuando pertenecía al antiguo Obispado de Michoacán, del 5 de abril de 1866, cuando el comisionado por el Obispo de Michoacán se presentó el Señor Cura de Penjamo, Don Manuel Ignacio Garci-dueñas con el entonces Vicario Fijo Antonio Albarrán y Monterde para darle posesión como el primer Párroco.

Para 1871, andaba muy bien la economía del municipio y se editaron dos monedas municipales, por lo que el Cura de aquel tiempo don Herculano López pidió permiso para  iniciar la construcción del templo en pleno panteón clausurado, pero sin tocar la antigua capilla del hospital de indios. Y así fue, el 2 de diciembre de aquel año, se bendijo la primera piedra, y comenzó con 300 pesos que tenían las hijas de María, y algunos recursos que donó la Hacienda del Colesio. Por cierto que don Herculano fue luego Primer Obispo de Sonora y jamás dejo de querer a su querido Tanhuato.

Hasta 1922 en agosto, paso a la Diócesis de Zamora siendo su primer párroco don Luis G. Ortiz. Pero es el Cristo Milagroso el patrono del pueblo, una imagen no tan común, como de 80 centímetros, un Cristo de pequeñas proporciones objeto de este reportaje; cuando en 1932 el Padre José de Jesús Rojas, solicitó el cambio del patrono de San Pedro al Santuaro del Cristo Milagroso, ya tenía cierta fama de imagen taumaturga, muy milagrosa y conocida en los estados de Jalisco y Michaocán.

Templo Parroquial y antigua capilla del hospital de indios (Archivo Parroquial)

Cuenta la tradición que llegó en 1610 por el regalo que hiciera un estanciero español a la comunidad indígena; se preservó en la capilla o visita franciscana de Tanguenhuato (antiguo nombre del pueblo de Tanhuato) perteneciente primero a Tlazazalca y luego a La Piedad. Se dice que por allá en el año de  de 1914 se pretendió quemar al Cristo porque  estaba en desuso,  pero quemándose algunos otros santos, la imagen se preservó de las llamas y de allí su fama de milagroso creció y se diseminó su culto en aquella comarca y región.

La fiesta del Santo Cristo Milagroso, hoy, llega a las fronteras de todos los estados del país y de los Estados Unidos, miles de peregrinos vienen a celebrarlo en los días anteriores al 3 de mayo. Este año, la fiesta fue prácticamente de manera digital. Sin embargo, el Santo Cristo Milagroso de Tanhuato es un referente como una de las imágenes más importantes del occidente del estado de Michoacán y de las consideradas milagrosas.

Santo Cristo Milagroso actualmente 2020

Copyright©Francisco Gabriel Montes Ayala 2020.

Alfaro anuncia que no habrá regreso a clases.

Imelda Acuña Aguirre **Colaboradora

Las medidas que se han tomado para ser llevados a los estados con menos tasa de contagios y muertes del país, de regresar el 1 de junio, no es una señal para bajar la guardia.

El ciclo continuará a distancia a través de las herramientas virtuales como Recrea Digital y Aprende en Casa, así como las clases por televisión y la estrategia definida por las propias escuelas.

La realidad marcará la ruta en el estado de Jalisco. Aún faltan decisiones que tomar a nivel nacional y en todo el mundo, pero dijo Alfaro

compartiremos estas definiciones con los gobernadores de la Alianza Centro-Bajío-Occidente, con quienes estamos en consenso.

Compartiremos estas definiciones con los gobernadores de la Alianza Centro-Bajio-Occidente, con quienes estamos en consenso.

Mantener las actividades educativas a distancia no solo aleja los contagios a 2.4 millones de jaliscienses, sino que también disminuye el 36 % la movilidad. Seguira este ritmo que dará pie a la segunda agenda prioritaria después de la salud: la reactivación económica.

Si las condiciones de la pandemia lo permiten, estara listo Jalisco para que el nuevo ciclo escolar sea presencial el 24 de agosto y a partir de julio en la educación por cuatrimestres.

Pero, si es necesario, también estaremos preparados para continuar como estamos, dijo Alfaro

Pero si es necesario, también estaremos preparados para continuar como estamos

ENRIQUE ALFARO

ONG’s y ciudadanos podrían denunciar penalmente a Presidentes por violaciones a la constitución en tiempos de la pandemia

J. J. Macias Navarro *Colaborador

Enfermos de COVID-19 Fotografía de Tele-SUR

ONG’s estudian antes sus jurídicos, la posibilidad de que puedan denunciar a los Presidentes Municipales, que por falta de acciones ante la presente pandemia de Covid-19, no realizan lo que les corresponde para salvaguardar el derecho a la salud de los habitantes de ciertas poblaciones en regiones del estado de Michoacán.

Ante esta Agencia Informativa, líderes de varias ONG’s que prefirieron el anonimato, dijeron que hay Alcaldes que no han realizado lo debido para salvaguardar la salud de la población civil exponiéndolas a contagio y a un inminente » riesgo de muerte» por Covid-19 y más aún que no acatan al pie de la letra los decretos tanto federal como estatal, emitidos por ambos órdenes de gobiernos.

La misma OMS dice que: “el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano.” Y aseguran que hay Alcaldes que no hacen lo debido para prevenir el contagio, antes bien promueven que el pueblo ignore las medidas cautelares y precaución del gobierno federal, estatal y algunos presidentes que sí son responsables, poniendo en peligro de muerte a muchas personas, de sus poblaciones jurisdiccionales y de otros municipios aledaños.

Afirman los voceros de estas ONG’s que se ven mas desprotegidas las poblaciones pequeñas e incluso cabeceras municipales, por la negligencia de algunos alcaldes. Aseguran que algunos violan la constitución general de la república en su artículo

«Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general…

CPEUM

y con la pandemia, debía asegurarse la salud pública de cada uno de los ciudadanos, y muchas autoridades no lo están haciendo por negligentes, y más cuando también están desconociendo un artículo constitucional más, el 73 fracción XVI, base 2a.

En caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, a reserva de ser después sancionadas por el Presidente de la República

CPEUM

así pues, en tal disposición cualquier autoridad administrativa en el país será responsable de llevar a cabo como lo dictamina la base 3a.

La autoridad sanitaria será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por las autoridades administrativas del País.

CPEUM

Cualquier persona, civil, podría ampararse, denunciar penalmente, debido a que cualquier autoridad administrativa, llámese presidente municipal, autoridades auxiliares, se convierten en autoridades sanitarias responsables de preservar la salud de cualquier ciudadano, pues así lo manifiesta también la ley general de salud del estado de Michoacán.

Por lo tanto, cualquier ciudadano que desee interponer denuncias penales y resarcir los daños de personas que han muerto o han sido contagiadas por COVID-19 en municipios donde autoridades han sido responsables por negligencia, podrán hacerse con apoyo de las ONG’s y sus jurídicos.